«Municipio controló la concentración de personas dentro de supermercados»
Ante denuncias de vecinos, la Municipalidad de Concepción del Uruguay inspeccionó supermercados. Así fue que se constató que en su mayoría se estaba cumpliendo con articulos 7º, 8º y 9º del decreto municipal Nº 26302 sancionado el pasado 16 de marzo.
Los mismos detallan: «ARTICULO 7º: Determínese que en aquellos locales comerciales habilitados, de cualquier rubro o actividad, en que se realicen acciones que impliquen concentración de personas —con excepción de los contemplados en la suspensión de los artículos 1° y 2°—, se deberán adecuar a la normativa en lo relacionado a su cantidad y concentración, debiendo garantizar las condiciones de higiene, salubridad y las medidas recomendadas para mitigar la propagación del COVID-19 (Coronavirus).
ARTÍCULO 8º: Dispónese que todos las actividades y/o locales comerciales alcanzados por el presente decreto deberán garantizar las condiciones generales de higiene, salubridad y
las medidas recomendadas para mitigar la propagación del COVID19 (Coronavirus).
ARTÍCULO 9º: El no cumplimiento del presente decreto dará lugar a las sanciones que resulten aplicables según la normativa vigente, sin perjuicio de las denuncias penales conforme lo previsto en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal Argentino».